Comprar
La plantilla en un traspaso: el artículo 44
Cuando compras un alojamiento en funcionamiento, la plantilla viene con él. No es una opción del comprador ni un favor al vendedor: lo impone el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, y arrastra deudas de antes de que tú llegaras.
Cuándo hay sucesión de empresa
El artículo 44 dice que el cambio de titularidad de una empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma no extingue por sí mismo la relación laboral: el nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior. Y precisa cuándo: hay sucesión cuando la transmisión afecta a una entidad económica que mantiene su identidad, entendida como un conjunto de medios organizados para desarrollar una actividad.
Un hotel o un hostal que sigue abierto con las mismas habitaciones, la misma cocina y los mismos huéspedes es el ejemplo de manual. Da igual que la operación se llame traspaso, venta de negocio o arrendamiento de industria: si el negocio sigue vivo, hay sucesión.
Qué implica para el que compra
- Se heredan los contratos tal cual: antigüedad, categoría, salario y condiciones. No se puede reiniciar el contador ni bajar condiciones por el hecho de cambiar de dueño.
- Responsabilidad solidaria de tres años. Cedente y cesionario responden solidariamente durante tres años de las obligaciones laborales nacidas antes de la transmisión y que no se hubieran satisfecho. Salarios atrasados, horas, indemnizaciones pendientes: te pueden reclamar a ti.
- El convenio colectivo que estuviera vigente en el momento de la transmisión sigue aplicándose hasta su expiración, salvo que se pacte otra cosa una vez consumada la sucesión.
- Hay que informar. Cedente y cesionario deben comunicar a los representantes de los trabajadores la fecha prevista, los motivos, las consecuencias jurídicas, económicas y sociales, y las medidas previstas. Con antelación suficiente, antes de la transmisión.
Cómo se protege uno antes de firmar
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda, recientes.
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de los últimos años. Ahí se ve la plantilla real, no la que te cuentan.
- Contratos, nóminas y finiquitos de todo el personal, más los recibos de cotización. Mira contratos temporales encadenados y horas extra sin pagar: son las dos bombas habituales en hostelería.
- Pleitos y actas de Inspección abiertos o recientes.
- Retén parte del precio. Un porcentaje en depósito durante un plazo pactado, más una cláusula de indemnidad que diga qué pasa si aparece una deuda de antes. Es lo único que convierte el riesgo en dinero.
Lo que no arregla ningún contrato
Podéis pactar entre vosotros quién paga qué, y ese pacto vale entre vosotros. Frente al trabajador y frente a la Seguridad Social, no: la solidaridad de los tres años es legal y no se puede desactivar por contrato.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
Lo que está por debajo de lo que se pide en su zona
Comparamos cada anuncio con la mediana de su mismo tipo en su mismo municipio. Lo que sale por debajo, lo enseñamos aquí.
Ver las gangas de hoy o recíbelas por correo cada mañanaComentarios
Para comentar hace falta una cuenta. Entrar o crear una: es gratis y se tarda un minuto.