Proteger la casa
Un bar con viviendas encima
Un bar en los bajos de un edificio de vecinos tiene un riesgo que no está en la licencia ni en las cuentas: los de arriba. Esto es lo que pueden hacer legalmente, hasta dónde llega, y qué mirar antes de comprar el traspaso.
Lo que puede hacer la comunidad
La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe desarrollar en el piso o local actividades prohibidas en los estatutos, que dañen la finca o que resulten molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. El camino es este: el presidente requiere el cese de forma fehaciente; si el que la lía persiste, la junta autoriza y la comunidad entabla una acción de cesación por juicio ordinario.
Y la ley pone dientes. Presentada la demanda, el juez puede acordar como medida cautelar la cesación inmediata de la actividad. Si la sentencia estima la demanda, además de la cesación definitiva y de la indemnización, puede privar del derecho al uso del local hasta tres años. Y si el infractor no es el propietario sino el arrendatario --el caso típico de un traspaso--, la sentencia puede declarar extinguidos todos sus derechos sobre el local y ordenar su lanzamiento inmediato. Es decir: puedes perder el negocio que acabas de comprar.
Ruido: no hay un número nacional
No busques el decibelio de la ley estatal, porque no lo vas a encontrar. La Ley del Ruido encarga expresamente a los ayuntamientos aprobar ordenanzas sobre estas materias, y son esas ordenanzas --junto con la normativa de la comunidad autónoma-- las que fijan los límites, los horarios y cómo se mide dentro de una vivienda. Pregunta en tu ayuntamiento qué límite se aplica en el salón del vecino de arriba a las once de la noche: esa es la cifra que te afecta.
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- La música y el ruido de impacto: sillas, cámaras, el compresor del frío por la noche.
- La extracción y los olores, que casi siempre suben por la fachada o por un patio.
- La calle: la gente que sale a fumar y la terraza. El ruido de fuera se le imputa al bar aunque el bar esté insonorizado.
- La carga y descarga a primera hora, con los barriles y los contenedores de vidrio.
Qué mirar antes de comprar
- Los estatutos de la comunidad, inscritos en el Registro de la Propiedad. Hay edificios donde la hostelería está prohibida en el título, y eso no lo arregla ninguna licencia municipal.
- Las actas de los últimos años. Si el bar aparece en tres actas seguidas, estás comprando un conflicto en marcha.
- Denuncias y mediciones hechas por la policía local, y sanciones pendientes.
- El aislamiento real: doble puerta, suelo flotante, limitador de sonido conectado. Si no hay, es inversión tuya y va restada del precio.
Y una cosa que no cuesta dinero: preséntate al presidente antes de abrir. La mayoría de los expedientes empiezan por alguien que se sintió ignorado.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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