El mercado, con datos
Apartamento turístico o vivienda de uso turístico
Se usan como sinónimos y no lo son. Son dos figuras distintas en casi todas las normas autonómicas, con requisitos distintos, obligaciones distintas y un techo de negocio muy distinto.
La diferencia de fondo
El apartamento turístico es un establecimiento: un conjunto de unidades explotadas por una misma empresa, con unidad de explotación, servicios comunes y, en muchas comunidades, categoría por llaves. Se parece más a un hotel que a un piso.
La vivienda de uso turístico es una vivienda que se cede entera y amueblada para estancias cortas. Sigue siendo vivienda: está en un edificio residencial, con vecinos, y normalmente no puede prestar servicios propios de la industria hotelera.
Cuál es cuál, qué requisitos tiene cada una, cuántas plazas, qué hay que declarar y qué se inscribe en el registro turístico lo fija cada comunidad autónoma. No hay una definición estatal, y las diferencias entre comunidades no son de matiz.
Tres normas estatales que sí te afectan
- La LAU. El artículo 5 de la Ley 29/1994 deja fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos la cesión temporal de vivienda amueblada comercializada por canales de oferta turística. No estás alquilando: estás en la normativa sectorial.
- La Ley de Propiedad Horizontal. Desde la reforma del artículo 17.12 introducida por la Ley Orgánica 1/2025, en vigor el 3 de abril de 2025, la comunidad puede aprobar, limitar, condicionar o prohibir la actividad con el voto favorable de tres quintos de los propietarios que representen tres quintos de las cuotas. Quien ya la venía ejerciendo cumpliendo todo y sin prohibición previa queda a salvo.
- El registro de viajeros. El Real Decreto 933/2021 alcanza también a las viviendas de uso turístico: los partes y el envío en 24 horas son los mismos que en un hotel.
El número de registro, que ha dado un vuelco
El Real Decreto 1312/2024 creó un Registro Único de Arrendamientos y una ventanilla única digital, con un número obligatorio para anunciarse en plataformas desde el 1 de julio de 2025. El Tribunal Supremo anuló ese procedimiento de registro por sentencia de 19 de mayo de 2026, al entender que el Estado invadía competencias autonómicas de vivienda y turismo. La anulación no alcanzó a la ventanilla única ni a las obligaciones de transmisión de datos. En la práctica, el identificador que vale ante las plataformas vuelve a ser el código del registro turístico de tu comunidad. Por encima sigue el Reglamento (UE) 2024/1028, aplicable desde el 20 de mayo de 2026, que obliga a las plataformas a recoger e intercambiar datos de las estancias cortas.
Como negocio
El apartamento turístico escala: recepción compartida, limpieza organizada, precio por servicios. La vivienda suelta no. Y hay un efecto fiscal que decide más que ninguna otra cosa: si prestas servicios propios de la industria hotelera, la operación va con IVA al tipo reducido de los servicios de alojamiento; si te limitas a ceder la vivienda sin esos servicios, la Ley 37/1992 la deja exenta y pierdes la deducción del IVA soportado. Conviene decidirlo antes de reformar, no en la primera declaración.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
Lo que está por debajo de lo que se pide en su zona
Comparamos cada anuncio con la mediana de su mismo tipo en su mismo municipio. Lo que sale por debajo, lo enseñamos aquí.
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